Certificaciones

No es necesario el certificado VI-1 para exportar vino desde España al Reino Unido

El anexo 15 del Acuerdo establecía un modelo de auto certificación para los productos vitivinícolas de las Partes. No obstante, el Gobierno británico anunció en julio 2021 su intención de eliminar el requisito de los certificados VI-1 para el vino, independientemente de su lugar de procedencia, incluyendo el auto certificado descrito en el Acuerdo de Comercio y Cooperación UE-RU (ACC) para este producto. Sólo será necesario proporcionar un certificado VI-1 de la UE para el vino producido fuera de la UE que se envíe a Irlanda del Norte.

De este modo, el vino exportado desde España a Reino Unido nunca va a necesitar certificado VI-1 o el auto-certificado descrito en el ACC.