Emisión de la decisión IAV
Una vez que el Estado miembro entienda que la solicitud está completa y es exacta, y que no existen IAV divergentes para la clasificación que desea establecer, emitirá la IAV y la introducirá en la base de datos IAVE para consulta de los demás Estados miembros.
Cabe señalar que, una vez que la IAV se publica en la base de datos IAVE, solo puede modificarse en tres aspectos: la fecha final de validez; el código indicativo de por qué ha dejado de tener validez y un posible «período de gracia».
Si la transmisión de decisiones IAV a la base de datos IAVE presentara problemas técnicos, deberá informarse a las unidades competentes de la Comisión (actualmente, TAXUD/A4 y A5), sin demora, de la naturaleza del problema y sus posibles soluciones.