Gases fluorados en las operaciones de comercio exterior. Códigos para la cumplimentación de las declaraciones aduaneras

Códigos para la cumplimentación de las declaraciones aduaneras

Los códigos para indicar en las declaraciones aduaneras dependerán de la operación que se esté realizando, habiéndose dado de alta dos medidas TARIC por parte de la Comisión UE:

  • 724 - Control de las importaciones de gases fluorados de efecto invernadero

  • 765 - Control de las exportaciones de gases fluorados de efecto invernadero

Asimismo, se distingue la siguiente clasificación de productos:

  • A granel:

    • HFC (hidrofluorocarbonos) y mezclas de HFC.

    • Otros gases Fluorados

  • En equipos o aparatos:

    • Equipos de aire acondicionado precargados con HFC.

    • Equipamiento del anexo III que contiene gases fluorados.

Las combinaciones de códigos a declarar son muy variadas, por lo que la AEAT ha elaborado un esquema de las diferentes opciones a utilizar:

Importación

Para una partida correspondiente a un producto de los prohibidos conforme al Anexo IV del Reglamento, como la 8424.10.00.80, su importación solo es posible en algunos de los supuestos contemplados en el Reglamento y debe declararse, entre otros, cual es la exención aplicable (primer grupo de certificados de tipo Y) y tener las pruebas y documentos a disposición de las Autoridades para acreditarlo.

En este caso, hay 6 grupos de condiciones (las que empiezan por Y, las que empiezan por YA, YB, YC, YD e YE), y debe cumplirse 1 documento de cada grupo para que se autorice la importación. Hay que tener en cuenta que no se puede declarar más de un documento del mismo grupo y que un código puede pertenecer a más de un grupo. Los códigos son los siguientes:

Ejemplo:

  • Si declara Y986, tendrá que declarar Y123 (Y160 e Y162 ya no pueden usarse porque están en el primer grupo y ya se ha declarado otro de ese grupo, el Y986). Deberá declarar del grupo YB el que corresponda, que tampoco podrá ser el Y160 e Y162. También declarará el Y054, Y163 e Y121.

  • Si declara Y160, código residual para los porductos distintos de los sujetos al control, se cumplen todos los grupos y se autoriza la importación.

  • Si declara Y162, se cumplen todos menos el YC, por lo que deberá declarar Y054 para que se autorice la importación.

  • Atención con el código C057- Copia de la declaración de conformidad – Opción A, según el Anexo del R/UE 2016/879:

    • En importación preCAU, se deberán rellenar los elementos C44Unidad y C44Cantidad:

      • la unidad, C44Unidad, en formato nacional (TQ).

      • la cantidad, C44Cantidad, con “.” como separador de decimales. (ejemplo: 0.002) - se permite hasta 3 decimales.

En importación CAU, se declarará en el elemento de datos Supporting Document:

  • la unidad (TCE) en “measurementUnitAndQualifier”
  • la cantidad en “quantity” con hasta 6 decimales.

​Exportación

Considerando la misma partida que para el caso de la importación, para el supuesto de exportación, se requieren menos certificados. Los códigos son los siguientes:

Ejemplo:

  • Si declara Y123, debe declarar también Y121 e Y163 para que se autorice la exportación.

  • Si declara Y160 o Y162, se cumplen todos los grupos y se autoriza la exportación.

Autoridad competente

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Subdirección General de Mitigación del cambio climático de la Oficina Española de Cambio Climático

E-mail: fluorados@miteco.es

No confundir el control de gases fluorados con el impuesto sobre los gases fluorados

Este control es distinto e independiente del impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero que se aplica en España desde el 1 de septiembre de 2022.

Fuente: AEAT