España sigue sin aplicar la Directiva del IVA que exime del IVA a las pymes que facturen menos de 85.000 euros

España sigue sin aplicar la Directiva del IVA que exime del IVA a las pymes que facturen menos de 85.000 euros.

La Comisión Europea requirió a Bulgaria, Grecia, Rumanía y España que procedan a la transposición de la Directiva sobre el régimen especial del IVA para pymes, so pena de incurrir en sanciones económicas.

Esta directiva busca simplificar las obligaciones tributarias y fomentar el comercio transfronterizo dentro del mercado único. De acuerdo con la Comisión, la falta de transposición perjudica a los emprendedores de tales países y rompe con el principio de igualdad de condiciones con relación a otros miembros de la CE.

En busca de facilitar el desarrollo de las pymes europeas, la Unión Europea aprobó la Directiva (UE) 2020/285, en vigor desde el 1 de enero de 2025, que establece un marco uniforme para las PYMES con el que evitar la problemática con el IVA:

Los Estados miembros de la UE pueden eximir del IVA a las pymes establecidas en la UE con volumen de negocios anual que no supere los 85.000 euros. Esto permite a una gran mayoría de microempresas y autónomos operar sin la obligación de facturar con IVA, presentar liquidaciones periódicas ni llevar registros complejos del impuesto, aliviándoles de la carga formal que ello supone.

Las pymes que se benefician de la exención en su país de origen también pueden aplicarla al vender bienes y servicios a otros Estados miembros, siempre que su volumen de negocios total en toda la UE no exceda los 100.000 euros anuales.