Barreras no arancelarias. Contingentes y licencias de importación
Regímenes de importación
1. Productos de libre importación (Imports free unless regulated):
En principio, todos los productos pueden importarse libremente, a menos que la “Foreign Trade Policy 2009-14” u otra ley en vigor en el momento de realización de la actividad importadora, especifique lo contrario. La política de importación y exportación especificada por artículo deberá ser notificada por el “Director General of Foreign Trade” y los cambios efectuados por la misma se actualizarán en el llamado “ITC (HS) Classifications of Export and Imports Items”.
En el 2001 se liberalizaron los productos restringidos por razones de Balanza de Pagos. Sin embargo aún continúan las restricciones basadas en otras razones (seguridad, política comercial, protección de sectores, etc.). No obstante, gracias a las denuncias y los procedimientos iniciados por la OMC cada vez hay más productos incluidos en la política de libre importación. En ocasiones, hay productos de libre importación que requieren permisos sanitarios o de agricultura (o que sufren cualquier otro tipo de barrera técnica o no arancelaria) pero se consideran dentro del régimen libre de importación.
2. Productos cuya importación está restringida (Restricted):
Existen productos cuya importación está prohibida salvo que se obtenga una licencia específica de importación concedida por el “Director General of Foreign Trade”. El importador de productos clasificados como “restricted”, debe por tanto solicitar la licencia o permiso de importación a las autoridades competentes.
Esta restricción hace que la entrada en India de determinados productos sea extremamente difícil. Algunos de los ejemplos más significativos, y que más afectan a la industria española, son el granito o el mármol.
3. Productos cuya importación está canalizada bajo “State Trading Enterprises” (STE):
Estos son productos clasificados como importables sólo por las Agencias Estatales de Comercio Autorizadas o mediante medios de transporte específicos. El “Director General of Foreign Trade” tiene potestad para emitir licencias o permisos de importación y para importar o exportar los bienes agrupados en esta categoría.
La lista de artículos con este régimen de importación se ha reducido a sólo 17, y se espera que continúe esta tendencia en los próximos ejercicios. Esta clasificación incluye productos agrícolas básicos, petróleo y sus derivados, urea, y otros productos.
4. Productos cuya importación está prohibida:
Existen artículos cuya importación está prohibida por motivos de seguridad, salud, cultura, protección de animales etc. El gobierno indio ampara estas prohibiciones en los artículos XX y XXI del GATT. Desde la comunidad internacional, se ejercen presiones para que India suprima tales impedimentos al comercio, argumentando el que no están fundamentadas esas restricciones en tales artículos del GATT.