Beneficios fiscales, comerciales y logísticos para empresas exportadoras, importadoras y tradings a través de las áreas exentas y depósitos

INFORMACIÓN DEL CURSO

Modalidad de formación: On live (Telepresencial) sesiones a través de Zoom
Horas de contenido: 6 hora(s)
Tiempo máximo de realización: 1 semana(s)
Precio del programa: 199 euros (IVA no incluido)
Bonificable parcialmente por FUNDAE:
Matrícula abierta: Dos convocatorias al año: marzo/abril y octubre/noviembre

Este programa está entre los más solicitados por nuestros alumnos

INTRODUCCIÓN

La globalización permite a las empresas llevar a cabo una mayor tipología de operaciones que hasta no hace mucho eran inimaginables. Para ello, es necesario, entre otros, el conocimiento de los depósitos aduneros, los distintintos al aduanero y las zonas francas que ofrecen un aprovechamiento mayor del que se le otorga actualmente repercutiendo de forma ventajosa a exportadores e importadores en los ámbitos comerciales, fiscales y logísticos.

Si duda, unos de los aspectos de las empresas que se internacionalizan, es la reducción de costes para ser competitivos en los mercados internacionales. El conocimiento de los regímenes aduaneros y más concretamente los que se han venido a denominar como áreas exentas, permitirán a las empresas alcanzar sus objetivos de competitividad.

Además,el CAU ha incorporado algunas novedades a la normativa de los Depósitos Aduaneros;

  • 100 días para la salida del TAU en las reexportaciones y controlado por el titular de la autorización
  • Cambia la denominación de los Depósitos Aduaneros.
  • Al tipo D se le mantiene su estatus hasta el 1 de Enero de 2019.
  • El resto de depósitos desde el 1 de Mayo se ultimarán de acuerdo con el CAU.
  • Movimientos de mercancías entre depósitos 30 días de plazo.
  • Requisitos para obtenerlo similares a los OEA.
  • Depositario pasa a llamarse titular de la autorización.
  • Depositante pasa a llamarse titular del régimen.
  • Permite utilizar mercancías equivalentes.
  • Venta al por menor, se incluye además de las consulares, organismos internaciones y duty free shops como novedad las ventas por internet.
  • Al ser autorizaciones indefinidas serán revaluadas antes del 01/01/2019.
  • Aumenta las responsabilidades del titular del régimen.
  • Establece también una serie de aclaraciones sobre el régimen a utilizar en determinados casos.

Beneficios para el participante

Adquisición del conocimiento del funcionamiento de las Áreas Exentas: Zonas Francas y Depósitos Aduaneros; los Depósitos Temporales: ADT y LAME recogidos en el Código Aduanero de la Unión. Así como, la figura fiscal del Depósito Distinto del Aduanero, en cuanto a la normativa IVA con el objeto de desarrollar las habilidades para establecer estrategias fiscales, comerciales y logísticas de las operaciones de exportación, imporación y triangulares.

A modo de ejemplo de lo anterior

Distinción entre Local Autorizados y Mercancía Vinculada

Se autoriza la utilización de mercancías equivalentes en régimen de depósito aduanero excepto cuando las mercancías no pertenecientes a la Unión incluidas en el régimen de depósito aduanero sean las contempladas en el anexo 71-02. Mercancía sensible (alcohol, tabaco, etc.)

En todas las áreas exentas la mercancía deberá identificarse con una etiqueta identificativa a la entrada en la misma.

En el ADT deberá llevar el número de la Declaración Sumaria y partida.

En el LAME el del Certificado de Recepción.

En el DAP el del DVD con Régimen 71.

En el DDA el del DUA para mercancías vinculadas con DUA Régimen 07 o Régimen 49.

En el DDA el del DVD para mercancía vinculada con DVD Régimen 73.

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Objetivos

Formar a Técnicos en Gestión Aduanera

  • Presentar a los asistentes las diferentes áreas exentas y los depósitos temporales, sus peculiaridades, semejanzas y diferenciaciones.
  • Proporcionar los conocimientos y metodología para optimizar la gestión de las áreas exentas como regímenes aduaneros.
  • Ofrecer las ventajas comerciales, tributarias , logísticas y servicio en la utilización de las áreas exentas y el Depósio Distinto al Aduanero para la optimización de los recursos de las empresas exportadoras, importadoras y las que llevan a cabo operaciones en cadena y triangulares.

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Acceso

No se requiere ninguna condición previa para la inscripción a este programa de comercio exterior.

Es aconsejable tener conocimientos previos de comercio internacional.

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Organización

Convocatorias

Este programa tiene dos convocatorias anuales:

1ª En marzo o abril.

2ª En octubre o noviembre.

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Profesorado

D. Alberto Rino (https://www.linkedin.com/in/alberto-rino-71766120/) 

Director Académico de Educatio Humanum

Socio Consultor de Docere Humanitas, empresa especializada en Consultoría y Recursos Humanos en Comercio Exterior.

Once años de experiencia en el ámbito aduanero.

Consultor, más de 40 años de experiencia en el ámbito del comercio exterior.

Docente desde 1997.

Diplomado en Ciencias Empresariales por la UB.

Postgrado y Máster en Comercio Exterior por el CEDEIN (Centro de Economía Internacional).

Diplomado en Dirección de Marketing por EAE (Escuela de Administración de Empresas).

Especialista en Gestión Aduanera y Fiscal del Comercio Exterior por ISPAF.

Especialista en Logística Internacional por ISLI

Ex-responsable del Servicio de Consultoría Internacional online CASCE del Consejo Superior de Cámaras de Comercio. 

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Programa

I. INTRODUCCIÓN

1. Denominador común de las áreas exentas.

2. Importancia de las áreas exentas en la estrategia comercial de las empresas exportadoras e importadoras.

3. Qué no son áreas exentas, pero lo parecen.

II. DEPÓSITO ADUANERO (DA)

1. Qué es un Depósito Aduanero.

1.1. Distinción entre local autorizado y mercancía vinculada.

2. Mercancías que pueden ser introducidas en un DA.

3. Manipulaciones de las mercancías en un DA.

4. El DA como herramienta logística. Tipologías de empresas suceptibles de su uso.

5. El DA como herramienta fiscal.

6. El DA como herramienta financiera.

7. El DA como herramientas comercial.

8. Tipologías de DA.

9. Qué empresas pueden solicitar un DA

8.1. Requisitos económicos.

9.2. Requisitos físicos.

9.3. Proceso de solicitud de un DA.

9.4. Autorización y revocación del DA

10. Ventas en el interior del DA.

10.1. Operativa documental.

10.2. Operativa fiscal.

11. El DA en la normativa Comunitaria.

III. DEPÓSITO DISTINTO DEL ADUANERO (DDA)

1. Qué es un Depósito Dísitinto del Aduanero.

2. Tipologías de usos del DDA.

2.1. Mercancías para la exportación.

2.2. Mercancías para entregas intracomunitarias.

2.3. Mercancías de importación.

4. Tipologías de DDA.

5. El DA como herramienta logística. Tipologías de empresas suceptibles de su uso.

6. El DA como herramienta fiscal.

7. Qué empresas pueden solicitar un DDA.

7.1. Requisitos económicos.

7.2. Requisitos físicos.

7.3. Proceso de solicitud de un DDA.

7.4. Autorización y revocación del DDA.

8. Ventas en el interior del DDA.

8.1. Operativa documental.

8.2. Operativa fiscal.

IV. ZONA FRANCA (ZF)

1. Qué es una Zona Franca.

2. Mercancías que pueden se introducidas en una ZF.

3. Diferencia entre DA y ZF.

4. Tipología de usos de la ZF.

5. Ventas en el interior de la ZF..

5.1. Operativa documental.

5.2. Operativa fiscal.

V. ALMACÉN DE DEPÓSITO TEMPORAL (ADT)

1. Definición.

2. Uso de un ADT.

3. Plazo permanencia de las mercancías en el ADT.

4. Operativa en el ADT según el destino de la mercancía.

5. Fiscalidad de la mercancías en el ADT.

VI. LOCAL AUTORIZADO PARA MERCANCÍAS DE EXPORTACIÓN (LAME)

1. ¿Qué es un LAME?

2. Mercancías destinadas al LAME.

3. Salida de mercancías del LAME.

4. ¿Se puede vender mercancías en el LAME?

5. Fiscalidad de las mercancías en el LAME

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Inscripción

Formulario de Inscripción (formato electrónico que encontrarás en esta web) adjuntando comprobante de pago.

  • La anulación de inscripción realizada por la empresa/alumno hasta 14 días antes del inicio de la formación tiene una penalización por gastos administrativos del 30% del importe de la formación.
  • La anulación de inscripción realizada por la empresa/alumno no se reembolasarán si es realizada con 14 días o inferior a la fecha de inicio de la formación.
  • ISPAF se reserva el derecho de cambiar la fecha de inicio notificando a la empresa/ alumno con al menos 72 horas de aatelación.
  • ISPAF se reserva el dercho de anular la formación. En ese supuesto se devolverá el 100% del importe ingresado.

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Salida profesional

Entre otros aspectos diferenciar la aplicación entre un DA y un DDA

Depósito aduanero

Como régimen aduanero. Es el régimen aduanero suspensivo que permite el almacenamiento de mercancías vinculadas al mismo en un depósito aduanero físico o, excepcionalmente, en instalaciones de almacenamiento del titular de una autorización (depósito ficticio o Tipo E). - Como espacio físico de almacenamiento. Cualquier lugar reconocido por las autoridades aduaneras y sometido a control, en el que pueden almacenarse mercancías. El depósito aduanero está constituido por los locales o cualquier otro emplazamiento delimitado, autorizado por las autoridades aduaneras.

Depósito distinto del aduanero

Como régimen. Es el régimen suspensivo aplicable a los bienes excluidos del régimen de depósito aduanero por razón de su origen o procedencia con sujeción en lo demás a las mismas normas que regulan el régimen de depósito aduanero. (Según la letra b) del apartado Quinto del Anexo a la Ley 37/1992 del IVA) - Espacio físico de almacenamiento. Cualquier lugar reconocido por las autoridades aduaneras y sometido a control, en el que pueden almacenarse mercancías. El depósito distinto del aduanero está constituido por los locales o cualquier otro emplazamiento delimitado, autorizado por las autoridades aduaneras. Depositario Persona autorizada para gestionar el depósito aduanero o responsable del depósito. Depositante Persona que vincula la mercancía a depósito. Persona vinculada por la declaración de inclusión en régimen de depósito aduanero o aquella a la que hayan sido cedidos los derechos y obligaciones de la primera. Representante Persona que representa a cualquiera de las dos anteriores (depositante y/o depositario), presentando las declaraciones relacionadas con el depósito .

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Formas de pago, descuentos y bonificación

Forma de pago único: 199 euros (IVA Exento en las mismas condiciones que la formación presencial).

Descuentos del 9 euros para antiguos alumnos de ISPAF. No acumulable con otros descuentos.

Descuento de 5 euros para seguidores de ISPAF en Linkedin. No acumulable con otros descuentos.

Descuento del 5 para dos inscripciones de la misma empresa.

Descuento del 10% para tres/cuatro inscripciones de la misma empresa.

Decuento del 15% para cinco inscripciones de la misma empresa.

Los descuentos anteriores no son acumulables con ningún tipo de descuento.

Sesiones individuales (in company on live) para grupos de seis o más trabajadores de la misma empresa. Solicitar condiciones.

Bonificación para trabajadores en activo

Todas las empresas disponen de una ayuda económica para realizar formación que se hace efectiva mediante bonificaciones a la Seguridad Social.

Los cursos ofrecidos por Educatio Humanum son bonificables por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (antes Fundación Tripartita) para trabajadores por cuenta ajena, en esta categoría se encuentran, también, los trabajadores de autónomos que sean asalariados.

Los precios indicados en los programas formativos no incluye los trámites de la bonificación de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo  que podrán ser realizadas por la propia empresa. En este enlace podrá obtener la información de cómo bonificarse en ocho pasos. También puede contratar los servicios a una asesoría externa. En el apartado Condiciones de Contratación de esta web podrá acceder a alguna de las asesorías con las que colabora Educatio Humanum.

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