Procedimiento de recurso de IAV

Puede ocurrir que los tribunales nacionales de los Estados miembros no siempre compartan la misma opinión sobre la clasificación resultante de la consulta entre los Estados miembros y la Comisión. En ocasiones, los tribunales nacionales de distintos Estados miembros llegan a conclusiones diferentes. Cuando dichas sentencias nacionales van en contra de la práctica de la clasificación establecida o crean divergencias, deben ser remitidas a la Comisión.

También debe aclararse que las sentencias de los tribunales nacionales solo son jurídicamente vinculantes a escala nacional.

Los tribunales nacionales no pueden dictar resoluciones que entren en conflicto con la legislación de la UE. En las cuestiones relativas a la interpretación del Derecho de la Unión, el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la UE establece que los órganos jurisdiccionales nacionales deberán someter dichas cuestiones al Tribunal de Justicia de la UE. No obstante, si un órgano jurisdiccional nacional emite un veredicto que entra en conflicto con la legislación de la UE, las autoridades del Estado miembro de que se trate deberán, en la medida de lo posible, recurrir la decisión

Se enviará a la Comisión, por medios electrónicos, copia de todas las sentencias finales pertinentes de los tribunales nacionales, con un resumen sucinto en inglés, francés o alemán

Los Estados miembros deberán informar a la Comisión de las sentencias de los tribunales nacionales desfavorables para las aduanas en relación con las cuestiones de clasificación arancelaria. En cualquier caso, los Estados miembros no deberán emitir una IAV sobre la base de una resolución de un tribunal nacional contraria a las medidas de clasificación arancelaria establecidas a nivel europeo, salvo cuando lo requiera el tribunal

Durante la consulta a escala de la Unión, la Comisión concede prioridad al debate y a la resolución de los casos en que las resoluciones judiciales nacionales podrían conducir a IAV divergentes a escala europea. 

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