Valor en aduana

La valoración en Aduana, es un procedimiento aplicado para determinar el valor de las mercancías importadas y así calcular los derechos ad valorem. El procedimiento tiene por objeto proporcionar una base justa, homogénea y neutra para la valoración de las mercancías importadas. 

La valoración en aduana es importante para la Comunidad por dos razones. En primer lugar, los derechos aduaneros son una fuente importante de ingresos para la Comunidad Europea y en segundo lugar porque proporciona una base de cálculo de los impueswtos sobre el valor añadido e impuestos especiales. 

El valor de aduana es equivalente a base imponible de los derechos de importación y constituye la fracción más importante de la base imponible del IVA. 

Formas de imposición arancelaria
Los derechos de importación, pueden ser: 

  • Ad valorem

  • Específicos

  • Mixtos 

  • Compuestos (ME y me)

El valor en aduana no se basará en: 

  • El precio de ventan en la CE de mercancías producidas en la misma.

  • Un sistema que prevea la aceptaciónd el valor más alto entre los disponibles.

  • El precio de mercancías en el mercado interior del país de exportación. 

  • Un coste de producción distinto de los valores calculados que se hayan determinado para mercancías idénticas o similares. 

  • Precios para exportación con destino a un país distinto de la CE.

  • Valores en aduana mínimos.

  • Valores arbitrarios o ficticios.

Siempre que se difieran, los derechos de emisión/distribución de los programas audiovisuales importados, nos entraran en el valor en aduana, solo se pagará por el soporte. Si se tratará de grabaciones destinadas a agencias d epublicidad con anuncios, si que entraría en el valor en Aduana. Si se tratará de películas DVD para la venta, el valor sería el que hubiera pagado por los dvs's. 

En los casos de descuento por rappel, no es preciso importar al territorio aduanero de la Comunidad la cantidad total en la que se basa el descuento, ni debe tal cantidad permanecer en dicho territorio. El descuento se recibe por cantidad por lo que el importador recibe el descuento también por la parte de la remesa importada al TAC....

En el descuento por pronto pago será de aplicación: 

  • Se aceptará el descuento por el importe, declarado si el pago que refleja ese descuento ya se ha efectuado en el momento de la valoración.

  • Si en momento de la valoración el pago no se ha efectuado, un descuento por pronto pago facturado y válido en ese momento podrá aceptarse, el importe declarado, siempre y cuando sea un descuento generalmente aceptado en el sector comercial de que se trate. 

  • Si existen diversas posibilidades de descuento por pronto pago, en función de las condiciones de pago (por ejemplo 5% por pago inmediato, 3% por pago en el plazo de 14 días, 2% por pago en el plazo de un mes), podrá aceptarse el descuento máximo en el momento de de la valoración. 

  • Un descuento por pronto pago superior al que se considera haitual en el sector comercial considerado, solo debe aceptarse si el adquirente puede demostrar, en su caso, que las mercancías se venden realmente al precio declarado como precio realmente pagado o pagadero y el descuento está aún vigente en el momento de cálculo. 

En el caso de duda sobre el valor de una transacción, la autoridad aduanera tiene derecho a examinar el valor en aduana y pedir al declarante que presente más información en apoyo del valor declarado. 

Lotes estropeados
Se considera que un lote está estropeado, si en el momento de determinar el valor en Aduana contenga como mínimo un 5% de productos no aptos o cuyo valor se haya depreciado por lo menos un 20% en relación con el promedio de los precios de mercado del producto en buen estado. 

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